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¿Hay Justicia Urbana para el Ciudadano?

Por Carlos E. Martínez Gutiérrez

Consultor en Desarrollo Urbano y Vivienda

@carlosemgtz

Las ciudades han sido impactadas en los últimos años con un crecimiento desmedido, la población, en su mayoría, se ha convertido eminentemente urbana trayendo como consecuencia múltiples problemas, desde los servicios públicos, requerimientos de suelo, la administración pública de las mismas, hasta conflictos entre particulares y gobierno.

Se han creados mecanismos e instancias para defender el derecho de los ciudadanos de tener una ciudad digna, habitable y justa a través del respeto a la normatividad urbana.

El antecedente más cercano de estas instancias lo tenemos en el Código Urbano del Estado de Jalisco donde incorpora, dentro de esta ley, la figura de la Procuraduría de Desarrollo Urbano como organismo público descentralizado, con atribuciones de orientar y defender a los ciudadanos en la aplicación de la legislación urbanística, vigilar la correcta ejecución de la misma, así como promover la solución de todos los asuntos relacionados con el proceso de urbanización de acuerdo a lo establecido en dicho ordenamiento.

Si bien los antecedentes de dicha Procuraduría nacen en el 2001 con la Ley Orgánica de dicha institución, posteriormente se incorpora como parte de la legislación urbanística en el 2009 en el Código Urbano conservando objetivos y ampliando sus atribuciones, de las cuales podíamos resumir las más importantes para los ciudadanos que son la representación de ellos en lo individual o colectivo en su derecho de exigir a la autoridad se lleven a cabo las  suspensiones o demoliciones que sean necesarias, cuando las edificaciones y urbanizaciones,  cambios de uso del suelo u otros aprovechamientos de fincas contravengan la normatividad en materia de desarrollo urbano; originen un deterioro a la calidad de la vida de los  asentamientos humanos, también ejercer de oficio las acciones en defensa de sitios, predios y fincas del Patrimonio Cultural del Estado para que estos se realicen con apego a la normatividad, así como denunciar ante el Ministerio Público los actos y hechos que contravengan las disposiciones señaladas en el Código Penal del Estado de Jalisco en materia de delitos en materia del Desarrollo Urbano, ya sean que los persiga de oficio o le sean puestos en conocimiento por los particulares.

Aparentemente los ciudadanos tenemos leyes y mecanismos para defender a la ciudad o nuestras propiedades, pero pareciera que es exactamente al contrario. En los últimos años hemos visto sin recato la privatización del espacio público, los cambios de usos del suelo contraviniendo los planes de desarrollo urbano, construcciones en lugares inadecuados, por mencionar solo algunos.

Preocupante es cuando este tipo de instituciones establece que: “Nace por la necesidad de contar con un organismo que promueva el equilibrio en la toma de decisiones entre los diferentes actores que conviven en un espacio específico -El Territorio-, buscando la convergencia de intereses en el Desarrollo Urbano y la Planeación.”

Loable es que se busque la conciliación de intereses en algún conflicto, pero la violación a la ley no es sujeta a negociaciones. Con este tipo de visiones nos confirma que tenemos una Procuraduría metida en otros temas en lugar en cumplir lo básico que cualquier ciudadano esperaría de su institución, una justicia urbana. La pregunta sería: ¿Dónde está la institución que vigila el bien común, defiende al ciudadano y la ciudad? Pareciera que en todo menos en sus objetivos primordiales establecidos en la Ley.

 

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