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La batalla del derecho a la vivienda contra el derecho a la ciudad en el AMG

Por Doctora Abril de María Ledesma Zermeño

El derecho a la vivienda y el derecho a la ciudad no deberían competir en ningún territorio, por la sencilla razón de que el primero tendría que materializarse dentro del segundo, ya que nadie disfruta realmente de una vivienda adecuada si ésta se encuentra en un territorio inseguro, saturado, carente de servicios o incapaz de soportar los efectos de lo construido. Sin embargo, en el AMG, nuestros gobiernos los enfrentan mediante una fórmula tramposa: presentar cualquier proyecto habitacional como una causa social incuestionable y reducir toda objeción territorial a una oposición contra quienes necesitan vivienda. Polarización.

El mecanismo es simple. La autoridad anuncia departamentos, beneficiarios y montos de inversión. Después coloca sobre el proyecto palabras nobles e irrebatibles —justicia social, bienestar, vivienda digna— en espera de que el lenguaje haga el trabajo que no hicieron la planeación ni los estudios. Quien se atreva a preguntar por la idoneidad del predio es señalado como enemigo de la vivienda y expuesto al escarnio —al más puro estilo de la inquisición—. Quien exige estudios hidráulicos parece oponerse a las familias beneficiarias. Así se sustituye el debate jurídico por un chantaje moral: o se respalda el proyecto exactamente como se decidió o se está contra el derecho a la vivienda. Pero los derechos humanos no se resuelven mediante consignas, para ello se cuenta con métodos muy estudiados —y aun así, tampoco infalibles—.

Es verdad que todos los derechos son importantes. Eso no significa que todos tengan exactamente el mismo peso en cualquier circunstancia, ni permite que la autoridad escoja el que resulte más conveniente para justificar una obra. Para eso existe la ponderación. Ponderar no es pronunciar solemnemente la palabra “vivienda” y dar por terminado el análisis. Tampoco consiste en colocar dos derechos en una balanza imaginaria y elegir el que produzca mejores fotografías institucionales. Exige identificar cuánto favorece una medida a un derecho, qué tan intensamente restringe otros y si existen alternativas capaces de alcanzar el mismo fin con una afectación menor.

La autoridad no puede limitarse a afirmar que una obra busca garantizar vivienda; ha de demostrar por qué necesita realizarla precisamente en ese terreno, bajo esas condiciones, con esa densidad y mediante ese procedimiento. También debe acreditar que no existe otra ubicación menos perjudicial y que los beneficios justifican las cargas impuestas. Hay además algo que suele omitirse, especialmente en nuestra querida AMG: los derechos no solamente colisionan: algunos son presupuesto o condición material de otros. El derecho a una vivienda adecuada no nace únicamente de la existencia física de un techo. Depende del agua, el saneamiento, la seguridad, la movilidad, los servicios, la información, un ambiente sano, la participación y un entorno territorial habitable.

Por eso es jurídicamente absurdo enfrentar la vivienda contra la ciudad como si fueran derechos separados. La ciudad habitable no es un lujo añadido a la vivienda, sino una condición que permite que ésta sea adecuada. La vivienda forma parte de la ciudad y obtiene de ella redes, vialidades, equipamientos, servicios, seguridad, estructura ambiental y oportunidades. Nuestras autoridades confunden la posibilidad reglamentaria de construir con la capacidad real del territorio para recibir lo construido. Revisan coeficientes, alturas y cajones de estacionamiento, pero pocas veces demuestran qué ocurrirá con el agua, el drenaje, las vialidades, la cuenca o los servicios públicos. Si el edificio cabe dentro del polígono, actúan como si también cupiera dentro de la ciudad.

La ponderación debería comenzar ahí. Antes de impulsar un proyecto, la autoridad tendría que identificar todos los derechos involucrados: la vivienda de los futuros habitantes, pero también la seguridad, la información, la participación, la salud, el ambiente, el agua y la habitabilidad de la población existente. Después tendría que evaluar las afectaciones y demostrar que la ubicación elegida es necesaria, que no existe una alternativa menos lesiva y que las medidas preventivas son verificables. Pero hacer todo eso obligaría al gobierno a planear antes de anunciar, una extravagancia administrativa para autoridades habituadas a presentar primero las obras, defender después los terrenos y estudiar al final las consecuencias de aquello que ya prometieron construir.

De ahí surge uno de los vicios más persistentes de nuestra gestión urbana: primero se toma la decisión y luego se manda fabricar el expediente que habrá de justificarla. Los estudios dejan de utilizarse para determinar si un proyecto es viable y se convierten en documentos destinados a confirmar que la decisión política fue correcta. La técnica ya no contiene al poder: se le contrata para obedecerlo. Cuando la población pregunta, se le informa que los permisos están en trámite. Cuando exige estudios, se le promete que serán mostrados. Cuando pide participar, se le invita a una reunión en la que el proyecto ya tiene predio, presupuesto, beneficiarios y fecha de inicio. A eso se le llama socialización: comunicarle a la comunidad lo que va a ocurrirle sin permitirle modificar nada.

El caso de Mirador de San Isidro, en Zapopan, es solamente un ejemplo reciente. La vivienda destinada a policías estatales persigue una finalidad legítima. Quienes desempeñan funciones de seguridad pública merecen acceso efectivo a una vivienda adecuada. Pero la calidad de los beneficiarios no convierte automáticamente en idóneo cualquier terreno. La verdadera ponderación no consiste en preguntar si son más importantes los policías o los vecinos. Esa reducción solamente polariza el conflicto. La pregunta correcta es si puede garantizarse el acceso de los policías a una vivienda adecuada mediante otro emplazamiento o un proyecto que reduzca sustancialmente las afectaciones al territorio y a la comunidad. Si la autoridad ni siquiera estudió esa posibilidad, no ponderó derechos: escogió un predio y convirtió la necesidad de vivienda en su defensa política.

Una autoridad seria debería explicar por qué eligió un terreno, qué alternativas evaluó, qué derechos resultarán afectados, qué medidas adoptará para protegerlos y por qué la intervención supera un verdadero examen de proporcionalidad. Cuando no puede hacerlo, se refugia en la nobleza del propósito. Pero un propósito legítimo no vuelve legítimo cualquier medio.

Cuando la vivienda se construye en una ubicación territorialmente inadecuada, sin información, sin participación y sin responsabilidad sobre sus impactos, no se está garantizando integralmente un derecho. Se está utilizando uno para justificar la restricción injustificada de varios más. Después llegan las inundaciones, el desabasto, la congestión y el deterioro del entorno. Entonces la autoridad se declara sorprendida por consecuencias previsibles y anuncia colectores, ampliaciones y mesas de trabajo. La ciudad paga dos veces: primero soporta el impacto y después financia la corrección.

La autoridad no es un promotor inmobiliario. Su obligación no consiste en comprobar que una edificación cabe en un predio, sino en demostrar que la decisión cabe en la ciudad, en la cuenca, en las redes, en la legalidad y en el sistema completo de derechos humanos. El interés social tampoco es una contraseña capaz de abrir cualquier terreno. No se proclama: se acredita y requiere de distribuir equitativamente beneficios y cargas, estudiar alternativas, prevenir daños y justificar por qué la medida elegida es la menos restrictiva.

El derecho a la vivienda y el derecho a la ciudad no son enemigos. Los enfrenta una planeación mediocre que garantiza uno en el discurso, deteriora varios en la realidad y después pretende que la sociedad aplauda la obre y agradezca el saldo. Cuando un gobierno obliga a escoger entre una casa o una ciudad habitable, no está resolviendo una colisión inevitable entre derechos, está exhibiendo su incapacidad para armonizarlos. Y cuando utiliza el derecho a la vivienda para evitar la ponderación, ocultar alternativas y desactivar la crítica, no está defendiendo los derechos humanos, los está usando como coartada.

 

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