Opinión Política
ANÁLISIS

El agua que se corta y el agua que se enferma

Cuando el derecho humano se convierte en letra muerta.

 

Por José Luis Monterde Ramírez

Síndico Municipal de San Pedro Tlaquepaque

Doctorante en Administración Pública – Instituto de Administración Pública del Estado de Jalisco (IAPJ)

Hay dos formas de violar el derecho humano al agua. Una, es dejar a la gente sin una sola gota. La otra, es darle un líquido turbio, con sedimentos y mal olor, y pretender que eso es suficiente. En el Área Metropolitana de Guadalajara estamos viviendo las dos al mismo tiempo. Y ambas son inaceptables.

 

El estándar no es negociable

La Organización de las Naciones Unidas lo dijo con claridad en 2002, en su Observación General N° 15: toda persona tiene derecho a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible. No es un deseo. Es un derecho.

Y la misma ONU, en su Observación General N° 14 sobre el derecho a la salud, fue todavía más precisa: el agua salubre no es un lujo. Es un determinante esencial de la salud. Cuando el agua que llega a las casas está sucia, no solo se viola el derecho al agua. Se viola el derecho a no enfermar.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reiterado estos principios. Ha dicho que, incluso cuando hay un adeudo, no se puede cortar el agua de manera total. Debe garantizarse siempre un mínimo vital. Ha dicho también que el interés de cobrar no puede estar por encima de la dignidad humana. Y ha reconocido que el agua debe ser salubre.

Estos no son argumentos de activistas. Son estándares jurídicos. Son ley.

 

Lo que está ocurriendo

El 28 de julio de 2026, el Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA) cortó el suministro de agua a la sede de la Tesorería Municipal de San Pedro Tlaquepaque. Lo hizo de manera total. Lo hizo antes de que venciera el propio recibo que había emitido. Lo hizo sin haber respondido a las solicitudes formales de información que el Municipio había presentado. Y lo hizo a pesar de que el Ayuntamiento había ofrecido pagar el monto que consideraba legalmente exigible, estando en proceso de presentar la consignación de pago ante el Tribunal.

Usar el agua como instrumento de presión no es administración. Es abuso.

Al mismo tiempo, en decenas de colonias de Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque y Tonalá, las familias abren la llave y sale un líquido amarillento, con sedimentos, a veces con olor. No es un problema menor ni pasajero. Es una violación cotidiana al derecho a recibir agua salubre.

 

El impacto que no se ve, pero se padece

El agua turbia no es solo un problema de apariencia. Es un riesgo real y grave para la salud pública.

La turbidez indica la presencia de partículas en suspensión que pueden proteger a bacterias, virus y parásitos de la desinfección. Esto eleva el riesgo de diarrea, gastroenteritis, vómitos, deshidratación e infecciones parasitarias. Los más afectados son siempre los niños, los adultos mayores y las personas con sistemas inmunes debilitados.

Pero el problema va mucho más allá de las enfermedades agudas.

El Área Metropolitana de Guadalajara se ubica entre los 5 y 10 hotspots mundiales más críticos por la carga combinada de enfermedades crónicas vinculadas a la mala calidad del agua. Los datos son contundentes:

  • En enfermedad renal crónica (la que requiere diálisis), Jalisco ocupa entre el 1er y el 3er lugar mundial en incidencia de casos tratados. Comunidades cercanas a la ZMG, como San Pedro Itzicán, El Salto y Chapala, registran las tasas más altas per cápita a nivel global.
  • En cánceres relacionados con arsénico y metales pesados (piel, vejiga, riñón, pulmón, tiroides), la región se ubica entre los primeros 20-30 lugares a nivel mundial.
  • La fluorosis dental y esquelética, junto con problemas neurológicos asociados, coloca a México entre los países con mayor prevalencia endémica en América Latina.

A esto se suma un tóxico especialmente silencioso y peligroso: el plomo.

En comunidades como El Salto y Juanacatlán se ha documentado la presencia de plomo en el agua, en el suelo, en el aire y en la sangre de los habitantes, junto con arsénico, cadmio y manganeso. El plomo no tiene ninguna función útil en el cuerpo humano. Se acumula en los huesos y en los órganos, y su daño es particularmente grave en los niños: afecta el desarrollo del cerebro, disminuye el coeficiente intelectual, genera problemas de atención, aprendizaje y conducta. El daño neurológico que produce puede ser permanente.

Además, el plomo contribuye al deterioro renal, a problemas cardiovasculares y, según estudios de la Universidad de Guadalajara, produce daño directo al ADN de las personas expuestas. Esto significa que los efectos no se limitan a quien hoy está enfermo: pueden proyectarse hacia las generaciones siguientes.

Cuando el SIAPA entrega de manera reiterada agua de mala calidad, no está cometiendo una falla técnica aislada. Está contribuyendo a un problema de salud pública de dimensiones internacionales. Está vulnerando, al mismo tiempo, el derecho al agua y el derecho a la salud.

 

La pregunta que debemos hacernos

¿Para qué sirve un derecho humano si, cuando más se necesita, se convierte en letra muerta?

El artículo 4° de la Constitución mexicana reconoce el derecho al agua. El artículo 115 impone a los municipios la responsabilidad de los servicios de agua potable. Cuando esos servicios se delegan a un organismo intermunicipal, la responsabilidad no desaparece. Se transforma en un deber de vigilancia y de exigencia.

Como Síndico Municipal tengo la obligación de defender los intereses del Ayuntamiento y de sus habitantes. Como doctorante en Administración Pública tengo la obligación de señalar cuando la administración pública se desvía de su sentido más elemental: servir a las personas y garantizar sus derechos.

Hoy ambas responsabilidades coinciden.

 

Cierre: el modelo se agotó

El SIAPA no nació como un poder autónomo. Nació de un convenio entre municipios. Nació porque los ayuntamientos, dueños originarios de la facultad constitucional de prestar el servicio de agua potable y alcantarillado (artículo 115 de la Constitución), decidieron asociarse para administrarlo de manera conjunta.

Hoy ese modelo de gobernanza está agotado.

Los directivos del organismo tratan a los municipios como un usuario más, les cortan el agua, les niegan información y les entregan un servicio deficiente, olvidando que los verdaderos titulares de la facultad son los ayuntamientos. El organismo operador se ha desconectado de su origen y de quienes le dieron vida.

Es tiempo de que el SIAPA vuelva a rendir cuentas a los municipios. Es tiempo de replantear el modelo. Es tiempo de que la gobernanza del agua regrese a quienes constitucionalmente la tienen encomendada: los municipios.

Porque el agua no es un botín de un organismo.

Es un derecho de la gente y una responsabilidad de los ayuntamientos.

 

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