Opinión Política
ANÁLISIS

La corta vida de la reelección

Aprobada en 2014, la presidenta Claudia Sheinbaum enviará al Poder Legislativo su iniciativa para establecer nuevamente en la Constitución el ideario maderista de la no reelección. Queda pendiente analizar si fue positivo o no la reforma peñista.

 

Por Julio César Hernández

Como candidata a la presidencia de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, en marzo del 2024 en Querétaro, se pronunció por vez primera en contra de la reelección actualmente vigente de senadores, diputados federales, legisladores locales y presidentes municipales, tema al que nunca se refirió ni como candidato ni durante su presidencia Andrés Manuel López Obrador.

Nuevamente en Querétaro, el pasado 5 de febrero, día conmemorativo de la Constitución de 1917, ya con la investidura presidencial Sheinbaum Pardo reiteró su postura y anunció que en los próximos días haría llegar al Congreso de la Unión la iniciativa correspondiente, junto con la relativa a prohibir que se pretenda ocupar el cargo de elección popular de manera directa e inmediata si se es familiar directo de quien lo ostenta o lo entrega, denominada “nepotismo electoral”.

Ese mismo día la presidenta de la República hizo llegar al Poder Legislativo la “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de no reelección y nepotismo electoral”.

Ha sido la iniciativa contra la reelección la que genera mayor inquietud, incluso al interior del propio Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), pues no pocos de los actuales legisladores -a excepción de los senadores- o presidentes municipales la consideraban el conducto para estar mejor posicionados para el 2030 cuando estarán en juego gubernaturas y escaños en el Senado de la República.

Sin embargo, la presidenta Sheinbaum Pardo no sólo se manifiesta como simpatizante del principio de la “no reelección” establecida originalmente por la Constitución de 1917, sino que -como lo confirma el diputado Alberto Maldonado Chavarín en la entrevista concedida y que publicamos en este número de Opinión Política-, incluso, ha planteado a legisladores y munícipes que se abstengan de buscar reelegirse en el 2027, no obstante que la revocación se prevé que entre en vigor hasta el proceso electoral del 2030.

 

PEÑA NIETO VS MADERO

Fue durante la presidencia del priista Enrique Peña Nieto cuando se decidió dar el paso histórico de modificar la Constitución federal para dar paso a la reelección en cargos de elección popular, a excepción de la Presidencia de la República y las gubernaturas.

SAN LÁZARO. En 2014 reformaron el principio maderista de la “no reelección”; 11 años después, darían marcha atrás.

Omar Delgado Chávez, ex magistrado de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y catedrático en Derecho Electoral, publicó en el número 27 de la revista “Derecho Electoral” (2019), un artículo titulado “Reelección en México: breviario histórico” en el que refiere las discusiones generadas desde el 2012 sobre si debería o no existir la reelección electoral, considerando que las condiciones políticas del país no eran las mismas de principio del siglo pasado cuando se inscribió en la Carta Magna la demanda maderista del “sufragio efectivo, no reelección”.

En su texto, Delgado Chávez refiere que en el primer año del gobierno peñista el Instituto Mexicano de la Competitividad dio a conocer un estudio en el que se establecía que el 70% de los mexicanos estaba en contra de que hubiese reelección en cargos de elección popular. Pero los promotores de la reelección no cejaron en su intento e intensificaron la presión en el 2013, hasta que un año después lograron que el Congreso de la Unión discutiera el tema y acabara así con en el país. Sin embargo, las discusiones sobre el tema se intensificaron en el 2013, para dar paso a la gran reforma del 2014 en el que se puso fin a una prohibición durante 97 años y se dio entrada a la reelección de legisladores y presidentes municipales.

El autor del texto recuerda las posturas contrarias a la reelección: “El individuo que ya fue diputado por un distrito y nunca dio la cara a sus representantes tiene incentivos para, de ser de nuevo candidato, serlo por otro distrito. Es decir, el sistema no solo desincentiva la responsabilidad, sino que premia la irresponsabilidad. Reactivación de los cacicazgos locales. Estancamiento de la clase legislativa al no renovarse. Personalismo que genere regionalismo, corrupción y fin de la disciplina en las bancadas. Los funcionarios públicos que están en su segundo periodo son significativamente más corruptos que los que están en su primer periodo. El control de los gobernadores y la filtración del narcotráfico y el crimen organizado en los gobiernos locales”.

Pero, por supuesto, las posturas a favor también se pronunciaron: “Profesionaliza las carreras políticas. El prospecto de reelegirse y permanecer en el cargo por varios periodos consecutivos motiva a los legisladores y miembros de los ayuntamientos a informarse y aprender sobre diversas materias, a mejorar su técnica legislativa y a trabajar con mayor eficacia y disciplina. Inyecta estabilidad política y legislativa. Fortalece el carácter representativo de la democracia, so pena de ser castigados en las urnas. Incentiva la elaboración de proyectos de largo plazo. Propicia una relación armónica entre funcionarios electos y cúpulas partidistas. Incrementa la eficacia. Favorece la independencia del Congreso frente al Ejecutivo. Permite la profesionalización de los legisladores. Exige la rendición de cuentas frente a los ciudadanos. Responsabilidad de los cuadros políticos, la profesionalización de los cuadros públicos y capacidad institucional. Continuidad en la planeación y los programas de gobierno”.

Finalmente, la corriente favorable a modificar la Constitución y dar entrada a la reelección política en México se impuso, pero bajo estas condicionantes:

Los senadores y diputados podrán reelegirse por 12 años. Los primeros un periodo más, mientras los segundos en tres ocasiones (Art. 59). Los presidentes municipales podrán reelegirse por un periodo más y durar en el cargo seis años (Art. 115). La reelección de diputados locales deberá inscribirse en las constituciones locales y establecer que pueden hacerlo por tres ocasiones más, para durar también 12 años (Art. 116).

Pero, asimismo, en ambos casos se colocaron “candados” para que los legisladores y los alcaldes pudieran reelegirse: “Tendrá que hacerlo por la misma vía por la que resultó electo la primera vez; o sea, por el mismo partido político o coalición que lo postuló, o por la vía de una candidatura independiente, salvo que haya renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de si mandato.

“Como corolario -agrega Delgado Chávez-, las reformas para los cargos federales aplicarían a partir de 2021 cuando sean electos en 2018; y en el caso de ayuntamientos y diputados locales, podría aplicar la reelección a partir del proceso electoral de 2018 si fueron electos con posterioridad al 10 de febrero de 2014 (fecha en que entró en vigor la reforma) y siempre que el mandato no sea superior a 3 años”.

 

EN QUÉ FALLÓ LA REELECCIÓN

Ahora en su iniciativa que hizo llegar a los legisladores dos días después, el siete de febrero, la presidenta Sheinbaum Pardo hace una serie de consideraciones en las que sustenta de por qué debe revocarse la reelección.

Quedará para el análisis posterior de los especialistas y expertos si la vigencia de la reelección por 16 años cumplió o no con el objetivo por el que se estableció: la profesionalización y la formación de una carrera legislativa de senadores y diputados, y el que los presidentes municipales contaran con el tiempo suficiente para la realización y conclusión de las obras públicas, pues uno de los argumentos para demandar su reelección era que tres años era un período muy corto para dar buenos resultados.

Pero bien hoy podemos preguntarnos: ¿Tuvimos mejores legisladores o no? ¿Los presidentes municipales le cumplieron a sus gobernados con la solución de sus problemas locales y concluyeron las obras requeridas por los habitantes del municipio?

Para la presidenta Claudia Sheinbaum el objetivo no se cumplió y así lo asienta en su iniciativa. Dice:

“Lamentablemente en la práctica dicho propósito no se cumplió. Lejos de fomentar la cercanía de los servidores públicos con las demandas sociales, la reelección consecutiva distorsionó el principio de representación política, pues permitió que ciertas élites se perpetúen en el poder y mantengan el control de cargos públicos estratégicos para avanzar sus propios intereses. Asimismo, en lugar de fomentar la rendición de cuentas, la reelección consecutiva se convirtió en una herramienta de ciertos grupos de poder para negociar y monopolizar la toma de decisiones, sin tomar en cuenta las prioridades y preocupaciones de su electorado, al mismo tiempo que ensanchó la distancia entre las instituciones y la gente, debilitando la democracia. Lo anterior, implica un rompimiento sustancial del principio de representación política y, en consecuencia, una merma para la autodeterminación de nuestro pueblo”.

SENADO. Quienes integran la Cámara Alta lo harán por última vez. En 2030 no podrán reelegirse.

ASÍ QUEDAN LAS REFORMAS

En su iniciativa, la presidenta Claudia Sheinbaum propone las siguientes reformas contra la reelección y el “nepotismo electoral”:

“Segundo. Las reformas a los artículos 55, fracción VIII; 82, fracción VIII; 115, fracción I, párrafo primero; 116, párrafo segundo, fracciones I, párrafo cuarto, inciso c), y II, párrafo segundo, y 122, Apartado A, fracciones II, párrafo primero, III, párrafo primero, y VO, párrafo tercero, inciso f), de esta Constitución, respecto de la prohibición de nepotismo electoral, serán aplicables a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2027.

“Tercero. Las reformas a los artículos 59; 115, fracción I, párrafo segundo; 116, párrafo segundo, fracción II, párrafo segundo, y 122, Apartado A, fracción II, párrafo tercero, y fracción VI, párrafo tercero, inciso b), de esta Constitución, respecto de la prohibición de reelección de las personas servidoras públicas en ellas mencionadas, serán aplicables a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030. En consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo cargos públicos a que hace referencia la presente reforma, no podrán postularse para procesos de reelección”.

Por lo pronto, si bien se adelanta que la iniciativa, de aprobarse, entrará en vigor para el proceso electoral del 2030, los diputados federales y locales, así como los presidentes municipales, todos ellos de Morena, han sido conminados por la presidenta de la República, Sheinbaum Pardo, a no buscar la reelección en el 2027, y se da por hecho que la petición será acatada.

 

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