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Legalidad, buena fe y defensa del interés público: la posición de San Pedro Tlaquepaque frente al SIAPA

Por Mtro. José Luis Monterde Ramírez

Síndico Municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

Doctorante en Administración Pública por el Instituto de Administración Pública del Estado de Jalisco (IAPJ)

Desde diciembre de 2024, el Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque ha sostenido un proceso serio y documentado para esclarecer los adeudos que el SIAPA reclama al Municipio. No se trata de negar el pago, sino de una posición jurídica clara: cubrir únicamente lo que sea legal, justo y verificable.

Tras un análisis exhaustivo, el Ayuntamiento reconoció únicamente 95 de las 211 cuentas inicialmente reclamadas. Uno de los ejes de la controversia es el anatocismo —el cobro de intereses sobre intereses—, práctica que distorsiona gravemente los saldos, junto con recargos cuya procedencia no ha sido suficientemente transparentada. El Municipio ha sostenido que estos conceptos deben ser revisados y, en su caso, eliminados o declarados prescritos.

El 15 de julio de 2026 se celebró una mesa de conciliación presencial. Al día siguiente, mediante el oficio SMT/0888/2026, esta Sindicatura formalizó el compromiso de pagar de inmediato el consumo corriente limpio de las 95 cuentas (octubre 2024 – diciembre 2026) por 7 millones 662 mil 213 pesos, sin recargos por anatocismo. Paralelamente, se propuso compensar el saldo histórico con la inversión municipal en infraestructura sanitaria y pozos, que actualmente asciende a 320 millones de pesos, cifra incrementada por obras urgentes que Tlaquepaque ha tenido que ejecutar ante la falta de atención del organismo operador.

Sin embargo, el 28 de julio de 2026, apenas días después de la oferta formal de pago, el SIAPA emitió la Orden de Corte O.C.-012/2026, ordenando la suspensión total del servicio de agua en el inmueble de la Tesorería Municipal (calle Morelos 227). La medida resulta desproporcionada: se trata de un edificio de uso público esencial y se dictó mientras existía un proceso de conciliación y una oferta concreta de pago. Días antes se había solicitado formalmente la documentación de las cuentas para poder conciliar; no se recibió respuesta completa.

Esta secuencia genera preocupaciones fundadas sobre el ejercicio de las facultades de cobranza. Cuando hay diálogo y voluntad de pago, la aplicación inmediata del corte total a un edificio de gobierno resulta difícilmente conciliable con los principios de buena fe administrativa, proporcionalidad y lealtad intergubernamental.

Por ello, el Ayuntamiento actuará de manera simultánea por tres vías:

Primera. Juicio de amparo indirecto para obtener la suspensión de la Orden de Corte, proteger el derecho humano al agua y garantizar la continuidad del servicio público.

Segunda. Demanda ante el Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco, en la que se demandará la ilegalidad del anatocismo, la eliminación de recargos indebidos, el análisis de la prescripción y la compensación con la inversión municipal de 320 millones de pesos. En esa demanda se consignará el pago del consumo corriente limpio.

Tercera. Denuncia penal por las posibles conductas de abuso de autoridad y ejercicio indebido de funciones públicas, derivadas de la omisión de responder una petición formal de conciliación y del posterior dictado de la orden de corte total.

El Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque no busca el conflicto. Busca claridad, legalidad y responsabilidad en el uso de los recursos públicos. Está dispuesto a pagar lo que corresponda conforme a derecho. Lo que no puede aceptar es que se apliquen medidas coercitivas desproporcionadas mientras existe un proceso de diálogo y una oferta concreta de pago.

La legalidad no es negociable. La buena fe no es opcional. El interés público no se subordina a la presión.

Esta Sindicatura defenderá con firmeza, por las tres vías jurídicas disponibles, el derecho del Municipio a pagar únicamente lo justo y a rechazar lo que no lo sea. Y lo hará hasta las últimas consecuencias.

 

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