Opinión Política
OPINIÓN

¿Es válido que los legisladores cambien de partido?

Por José Antonio Elvira de la Torre

Prof. del Departamento de Estudios Políticos del CECSH de la UdeG

En la discusión que se lleva a cabo en los Foros de Parlamento Abierto que organiza la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, uno de los temas ha sido el cambio de partido y bancada de legisladores electos o en funciones (Diputados y Senadores) y sus efectos. Es un problema no sólo del Congreso de la Unión, sino también de las legislaturas de los estados, siendo los partidos en el gobierno los principales (aunque no los únicos) beneficiarios de esa práctica, que ignora y modifica la voluntad de los electores para integrar el Poder Legislativo. En Jalisco han ocurrido varios casos en cada Legislatura desde 1997, por lo que se consideró varias veces regular dicha práctica sin que se haya logrado.

Algunas preguntas importantes:

¿Los cargos de legisladores electos depende de los partidos que los postulan o de la persona electa? Hay quienes consideran que la representación corresponde a la persona electa, porque es quien al hacer campaña y tener contacto directo con los electores traduce en planteamientos concretos la visión y programa partidista. Por tanto, consideran que el voto es más por la candidatura que por el partido.

En mi opinión, el aporte de candidatas y candidatos es muy importante, pero no definitivo para establecer los vínculos de representación política y el voto. En respaldo, revisemos la ventaja significativa, previa y durante las contiendas que otorga la plataforma y estructura de una organización partidista sobre los contendientes que no la tienen (independientes).

¿Los legisladores electos/en funciones que cambian de fracción legislativa, defraudan la voluntad de los electores? La agregación de preferencias y la suma de los votos individuales configura una decisión colectiva sobre la representación política de los electores que no debería estar sujeta al proyecto personal de un legislador o su decisión sobre la conveniencia o no de integrar una fracción parlamentaria.

El equilibrio y contrapeso de fuerzas entre opciones políticas con representación legislativa, la relación entre Poderes y la rendición de cuentas, son importantes temas en donde dichos cambios tendrían consecuencias significativas en la modificación de la decisión de los electores sobre quién debe representarlos y en qué medida. Esto no significa que los legisladores no puedan tener diferencias o, incluso, votar en contra de las directrices de sus partidos, pero es diferente a cambiar de bancada.

La configuración de mayorías legislativas a partir de negociación y ofrecimiento de incentivos políticos y gubernamentales no es ajena a las democracias. Pero estos acuerdos deben ser legales, públicos y sujetos a la evaluación de los electores que pueden premiar o sancionar a los partidos por su desempeño congresional. Las mayorías artificiales que sobre y sub representan ilegalmente no son justificables.

Regular esta práctica no significa limitar el derecho de los legisladores electos/en funciones, sino defender el derecho de los electores a determinar cómo se integran los Poderes públicos y, en última instancia, quién y en qué medida representa mejor sus preferencias e intereses.

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