¿Se trataba de una elección democrática o no? Desde hace muchos años sabemos, no sólo por las aportaciones teóricas de excelentes estudiosos de la Ciencia Política y el Derecho, sino por nuestra experiencia práctica en México que la mera existencia de elecciones no garantiza que éstas sean democráticas.
Por José Antonio Elvira de la Torre
El domingo pasado fuimos testigos de un hecho que, para bien y para mal, marcará nuestra historia como comunidad política. Al redactar estas líneas, los cómputos oficiales se llevan a cabo en las 300 circunscripciones electorales en que se divide el país y en las que el INE cuenta con Juntas Distritales en todas y cada una de ellas. No obstante, ya existe información definitiva en el caso de la elección de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (100% de las 84,266 actas computadas), así como Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En los días posteriores a la jornada electoral ha habido opiniones excesivas, tanto de quienes argumentaron que la participación de la ciudadanía fue extraordinaria (incluso utilizando el argumento de que fue mayor a la votación en la elección constitucional que obtuvieron algunos partidos políticos), como de quienes argumentaron que debería anularse la elección por la baja votación ciudadana. Pero, como decía el cronista deportivo Pedro “El Mago” Septién en aquellas inolvidables transmisiones de beisbol de los años ochenta: “Vamos a revisar la frialdad de los números”.
RESULTADOS DE LA VOTACIÓN
Para la elección de integrantes de la SCJN, el INE reportó que la participación electoral fue de 13.0184%, lo que significa que, del listado nominal de 99 millones 594 mil 010 electores, sólo votaron 12 millones 965 mil 574 personas con derecho a votar. Da cuenta también que, del total de 116 millones,690 milm139 sufragios para esta elección, 90 millones 031 mil 918 se consideraron válidos (77.15%), mientras que 12 millones 604 mil 157 fueron nulos (10.80%) y otros 14 millones 054 mil 064 (12.04%) presentaron recuadros no utilizados.
Los resultados por candidatas y candidatos más votados fueron los siguientes:
Fuente: INE, https://computospj2025.ine.mx/scjn/nacional/candidatas
Fuente: INE, https://computospj2025.ine.mx/scjn/nacional/candidatos
En el caso particular de nuestra entidad, Jalisco, la votación sólo alcanzó un 7.67% de los inscritos en el listado nominal. Las más votadas fueron Loreta Ortiz con 10 mil 170 votos (4.30%); Yasmín Esquivel con 9 mil 871 (4.17%); Lenia Batres con 8 mil 988 (3.80%); Sara Herrerías 7 mil 924 (3.35%); y Fabiana Estrada con 7 mil 630 (3.235). Los más votados: Hugo Aguilar con 12 mil 689 votos (5.37%); Irving Espinosa 7 mil 990 (3.38%); Giovanni Figueroa 7 mil 600 (3.21%); y Arístides Guerrero 7 mil 215 (3.05%).
En todo el país el caso de las candidatas mujeres, las tres ministras en funciones resultaron las más votadas, seguidas de tres candidatas propuestas tanto por el Ejecutivo como por el Legislativo y, finalmente, cuatro propuestas por el Ejecutivo. En el caso de los hombres, los cinco más votados los propuso el Ejecutivo. De las y los veinte más votados, el Ejecutivo propuso cuatro mujeres y cinco hombres; Ejecutivo-Legislativo combinados, tres y uno, respectivamente; y el Legislativo y Judicial a dos hombres cada uno.
La nueva integración de la SCJN con nueve Ministros (cinco mujeres y cuatro hombres), será presidida por un candidato hombre que fue propuesto por el Ejecutivo y resultó el más votado, y contará con tres ministras en funciones que repiten, propuestas por el anterior titular del Ejecutivo Federal, y cinco nuevos integrantes (tres propuestos por el Ejecutivo y dos por el Ejecutivo-Legislativo). Ningún candidato del listado del Poder Judicial (aún con tómbola en el Senado) fue electo, y sólo dos, ambos hombres, se ubicaron en los lugares 8 y 10 de entre los más votados, a más de 5 millones de votos de diferencia del primer lugar de su género.
En el Tribunal de Disciplina Judicial que se integra con cinco personas, tres magistradas y dos magistrados, los resultados también favorecieron a perfiles cercanos al partido mayoritario y/o sus gobiernos (por ejemplo la candidata más votada, fue candidata de MORENA a la gubernatura de Querétaro, o el candidato más votado Bernardo Bátiz que fue procurador en la jefatura de gobierno de López Obrador).
Fuente: INE, https://computospj2025.ine.mx/tdj/nacional/candidatas
Fuente: INE, https://computospj2025.ine.mx/tdj/nacional/candidatos
En este caso particular, las y los electos fueron propuestas del PE, tres del Ejecutivo (2 mujeres y 1 hombre), y dos en funciones, pero también respaldados por el Ejecutivo (1 mujer y 1 hombre).
La revisión de las elecciones de Magistradas y Magistrados para las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del Poder judicial de la Federación, así como magistrados y jueces, requieren ser revisados en otra entrega.
CONSIDERACIONES FINALES
Una primera conclusión importante que obtuvimos ayuda a responder a uno de los temas que más polémica y confrontación generó en el debate público: ¿Se trataba de una elección democrática o no? Desde hace muchos años sabemos, no sólo por las aportaciones teóricas de excelentes estudiosos de la Ciencia Política y el Derecho, sino por nuestra experiencia práctica en México, que la mera existencia de elecciones no garantiza que éstas sean democráticas. Para que esa cualidad se obtenga, además de todos los procedimientos institucionales, deben existir al menos dos condiciones esenciales que desde los años noventa nos planteaba el respetado autor alemán Dieter Nohlen: oportunidad y libertad.
El concepto de “oportunidad” se refiere a la posibilidad real de que los electores cuenten con opciones efectivas diferentes por las cuales ejercer su voto, lo cual se vio significativamente limitado, dado el procedimiento de integración de las listas de candidatos que terminaron apareciendo en las boletas. El sistema ideado para limitar las opciones efectivas en competencia inició con la conformación de “comités de evaluación” para cada uno de los Poderes de la Unión, de tal manera que de todos los interesados en participar como candidatas o candidatos en la elección se hiciera un primer filtro en función de su trayectoria y capacidades.
No obstante, como fue denunciado en su momento por diversos actores y organizaciones civiles, sociales y políticos, las personas que integraron los comités tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Legislativo eran personas con vínculos personales y/o profesionales con el partido en el gobierno o con sus gobiernos federal y/o estatales. Esto terminó por afectar el resultado del primer filtro en el que tuvieron mayor peso las relaciones personales, profesionales o hasta políticas de los aspirantes que sus perfiles y trayectorias.
Incluso se presentó el caso del comité de evaluación del Poder Judicial, que decidió no continuar con el ejercicio de evaluación por lo que la integración de la lista de ese Poder se realizó por sorteo, mediante una tómbola en el Senado de la República, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenara el procedimiento por encima de la SCJN. Por tales motivos, la integración de las listas de candidatos terminó siendo una abrumadora mayoría de aspirantes con afinidad al partido gobernante, limitando las opciones de quienes no lo eran.
Por lo que refiere al concepto de “libertad”, para que la ciudadanía participara en la elección también hay elementos para asegurar que no fue plena. Si bien no fue un problema generalizado como el 87% de ciudadanos que prefirieron abstenerse de votar o los más del 20% de electores que emitieron votos nulos o con “recuadros no utilizados”, pueden probar que una parte de la población no sólo fue “invitada” a votar con la promesa de obtener beneficios o perder beneficios tales como acceso a programas sociales, sino que, además, fue “alentada” de votar por las y los candidatos que se les dieron a conocer a través de los “acordeones electorales”.
Estos “acordeones” probaron ser tan efectivos que periodistas como Sergio Sarmiento han hablado ya de su “porcentaje perfecto de aciertos” respecto del resultado final de la elección, o de académicos como Ismael Ortiz que proponen que el término “operación acordeón electoral” ingrese al diccionario de términos de las prácticas ilegales que en materia electoral han existido en la historia de nuestro país como las operaciones “carrusel”, “ratón loco”, “tamal”.
Segunda conclusión sobre si ¿debe cambiarse de nuevo el procedimiento de integración de la Suprema Corte y los otros órganos del Poder Judicial para que no sea mediante votación popular? Siendo realistas, la posibilidad de una eventual configuración de una mayoría parlamentaria calificada no se ve factible por ahora. En primer lugar, por la fragmentación y desinstitucionalización prevaleciente en el sistema de partidos; en segundo lugar, por los niveles de desconfianza en ellos que sigue expresando un alto número de ciudadanos. Y en tercero, porque aún en un eventual escenario de competencia política en 2027 donde MORENA y sus aliados pierdan la mayoría y sean los partidos de oposición en conjunto quienes pudieran construir una mayoría calificada diferente, aún quedarían otro tipo de “incentivos informales” que podrían eliminar la posibilidad de cooperación y coalición legislativa opositora.
Como pudo atestiguarse en algunas entidades federativas que no gobierna MORENA, existieron acuerdos de cooperación entre liderazgos/gobiernos estatales de otros partidos con los liderazgos/gobierno federal de ese partido para proponer listas comunes de candidatos que tuvieran al menos una pequeña participación en jueces y magistrados de Circuito o de las Salas Regionales del TEPJF. Y en el último de los casos, como también se ha apreciado con anterioridad, actores políticos concretos como gobernadores han preferido no confrontar en ningún sentido al gobierno federal, ya sea para no perder respaldo en recursos para obras y proyectos en sus entidades o para evitar investigaciones en su contra.
Por tanto, es factible que el modelo de elegir jueces, magistrado y ministros llegó para quedarse por un tiempo considerable. Así que puede resultar más productivo comenzar a repensar y discutir el modelo y los procedimientos de integración de listas de candidatos y de votación. Por el momento planteo las siguientes:
INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN:
- PE, PL y PJ: Integrar perfiles profesionales y/o académicos de probada ética experiencia y capacidad, que no estén interesados en una candidatura.
- PE y PJ: Comité con reconocidos especialistas de Universidades públicas y privadas del país, con ética experiencia y capacidad, no interesados en una candidatura.
- PL: Aprobar por unanimidad de todos los coordinadores de las fracciones parlamentarias (diputados y senadores) a integrantes del comité.
INTEGRACIÓN DE LA LISTA DE CANDIDATAS Y CANDIDATOS DEL PODER LEGISLATIVO:
- PE, PL y PJ: Candidatos seleccionados sin vínculos profesionales (5 años) con gobiernos o partidos. Ni vínculos personales, familiares o de relaciones de pareja.
- PL: Cada fracción congresional en lo individual, sin considerar coaliciones (diputados y senadores), propone un número de candidaturas proporcional a su porcentaje de integración congresional.
INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE CANDIDATOS PE, PL Y PJ:
- Plataforma del INE con capacidad de integrar video de presentación de candidatas y candidatos con formato único, tanto de mensaje como características técnicas, igualdad de tiempo.
- Formato único de currículum vitae y semblanza de vida para integrar a la plataforma.
- Obligatorio presentar declaración 3 de 3
SANCIONES A CANDIDATURAS:
- PE, PL y PJ: Inhabilitación de candidaturas que no entregaron documentación probatoria completa.
- PJ: Obligación de solicitar licencia al cargo para aspirantes en funciones.
- PE, PL y PJ: Retiro de candidatura para aspirantes que violen restricciones de campaña, reciban apoyos gremiales y accedan a recursos ilegales.
SISTEMA DE VOTACIÓN PE, PL Y PJ:
- Voto mediante urnas electrónicas, para certeza e inmediatez de cómputos.