Por Carlos E. Villaseñor
Abogado
Hay reformas que cambian leyes. Otras cambian instituciones. Y existen algunas que obligan a un país a preguntarse qué significa pertenecerle. México está frente a una de ellas.
La reforma constitucional impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum establece una nueva condición para quienes pretendan ocupar la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México: si poseen otra nacionalidad, deberán renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidatos.
Una nacionalidad. Un vínculo jurídico. Una sola bandera.
La modificación toca los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución. Fue presentada por el Ejecutivo federal el 1 de septiembre, aprobada por ambas cámaras del Congreso y consiguió rápidamente el respaldo de la mayoría necesaria de congresos estatales. Su aplicación electoral está prevista a partir de 2028; por tanto, no modifica las elecciones de 2027. Conviene precisar algo antes de entrar al debate: México no está prohibiendo la doble nacionalidad.
Millones de mexicanos podrán continuar teniéndola. La reforma establece una condición extraordinaria para tres responsabilidades extraordinarias del Estado. Y justamente ahí comienza la discusión.
Quien ocupa la Presidencia no administra solamente un gobierno. Representa al Estado mexicano, conduce su política exterior y ejerce la Comandancia Suprema de las Fuerzas Armadas. Un gobernador concentra igualmente atribuciones políticas, presupuestales y de seguridad capaces de incidir sobre millones de personas.
¿Puede una República exigir a quien aspire a semejante poder que mantenga exclusivamente un vínculo nacional?
La pregunta parece nueva. Su origen no lo es.
México permitió desde finales de los años noventa que sus nacionales por nacimiento pudieran conservar la nacionalidad mexicana aun adquiriendo otra. Fue una transformación histórica particularmente importante para un país marcado por generaciones de migración. Pero aquella apertura vino acompañada de una precaución.
El artículo 32 constitucional estableció que determinados cargos y funciones reservados a mexicanos por nacimiento quedaran también sujetos a reglas destinadas a evitar conflictos derivados de otra nacionalidad. La legislación mexicana incluso contempla mecanismos específicos para acreditar nacionalidad mexicana cuando determinadas responsabilidades públicas así lo requieren.
Es decir: la tensión entre doble nacionalidad, soberanía y ejercicio del poder no nació en septiembre de 2026. Lleva décadas dentro de nuestra arquitectura constitucional.
El argumento detrás de esa reserva resulta comprensible: existen posiciones desde las cuales una persona puede conocer secretos de Estado, participar en decisiones de seguridad nacional, conducir relaciones diplomáticas o tomar determinaciones donde los intereses de México entren directamente en conflicto con los de otro país.
La pregunta difícil viene después
¿Tener otro pasaporte demuestra una lealtad dividida? No necesariamente.
Un ciudadano con una sola nacionalidad puede actuar contra los intereses de su país. Otro con dos puede dedicar su vida a servirlo. La nacionalidad es una relación jurídica; la lealtad también se demuestra mediante actos.
Esa diferencia impide convertir el debate en una competencia de patriotismo.
Los críticos de la reforma sostienen que la medida restringe derechos políticos de mexicanos con doble nacionalidad y afecta particularmente a una realidad binacional construida durante décadas entre México y Estados Unidos. Sus defensores responden que no se cuestiona la mexicanidad de esas personas: se establecen obligaciones mayores para quienes pretenden ejercer las máximas responsabilidades ejecutivas del país.
Ambas posiciones nos llevan al verdadero centro de la discusión. México no está decidiendo quién tiene derecho a sentirse mexicano. Está definiendo qué condiciones excepcionales debe cumplir quien pretende gobernarlo. Y eso cambia todo.
Nuestro país comparte más de tres mil kilómetros de frontera con Estados Unidos. Millones de familias tienen integrantes a ambos lados. Remesas, inversiones, cadenas industriales, universidades, empresas y trabajadores cruzan cotidianamente una frontera que separa jurídicamente a dos naciones, pero que económica y socialmente las entrelaza como pocas en el mundo.
Al mismo tiempo, la relación bilateral atraviesa una época en la que comercio, migración, seguridad, aranceles, energía e intervención extranjera han regresado al centro de la conversación sobre soberanía.
La reforma aparece precisamente dentro de ese contexto. Pero existe otro elemento que no deberíamos ignorar: la velocidad.
La iniciativa llegó al Congreso el 1 de septiembre. El día 22 fue aprobada por la Cámara de Diputados. Una semana después, el Senado la avaló con 86 votos a favor y 42 en contra. En cuestión de días obtuvo además el respaldo suficiente de legislaturas estatales para continuar su incorporación al texto constitucional.
La rapidez no convierte una reforma en equivocada. Pero cuanto más profunda sea una modificación a la Constitución, mayor debería ser la obligación política de explicarla, debatirla y someter sus consecuencias a escrutinio.
Porque las constituciones poseen una característica que con demasiada frecuencia olvidamos: están diseñadas para durar más que quienes las reforman.
Por eso este asunto tampoco debería reducirse cualquier nombre que hoy aparezca alrededor de una hipotética candidatura presidencial. Hacerlo sería empequeñecer la discusión.
Las constituciones no deberían escribirse pensando en quién podría competir en la siguiente elección. Deben construirse imaginando qué reglas queremos conservar cuando gobiernen quienes hoy todavía ni siquiera conocemos.
Existe una prueba sencilla para cualquier modificación de esta naturaleza: imaginarla aplicada no al adversario político, sino al candidato que nosotros mismos preferimos.
Si aun entonces la regla nos parece razonable, existe un principio institucional que vale la pena discutir. Si solamente parece correcta cuando excluye al contrario, el problema nunca fue la nacionalidad. Fue el poder.
La soberanía tampoco consiste únicamente en cerrar puertas frente al extranjero.
Significa que las decisiones fundamentales de México respondan a los intereses de México y que ninguna potencia, empresa, gobierno o individuo pueda colocarse por encima de sus instituciones. Defenderla es obligación del Estado.
Definir cómo hacerlo sin reducir innecesariamente los derechos de sus ciudadanos es obligación de una democracia. Quien aspira a la Presidencia acepta restricciones que el ciudadano común no tiene porque recibe facultades que el ciudadano común tampoco posee. Esa excepcionalidad permite discutir requisitos excepcionales.
Pero precisamente porque hablamos de la Constitución, la respuesta no puede depender de coyunturas, partidos o apellidos.
Presidentes pasarán. Mayorías cambiarán. Adversarios de hoy podrán gobernar mañana. Y nuevas generaciones de mexicanos, muchas de ellas nacidas entre dos países, dos culturas y dos pasaportes, tendrán que vivir bajo las reglas que hoy estamos escribiendo.
Por eso, cuando desaparezca el ruido político alrededor de esta reforma, permanecerá una pregunta mucho más grande que cualquier elección: ¿la lealtad a una nación se demuestra renunciando a otro pasaporte, o gobernando de tal manera que nunca exista duda de a qué país se sirve?




