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La libertad creativa, una libertad compartida

Por Carlos Lara G.

Dr en Derecho de la Cultura y Analista de la Comunicación y la Cultura

@Reprocultura

En los últimos años se han inaugurado diversas exposiciones artísticas, manifestaciones culturales e instalaciones de esculturas que han confrontado a creadores, a la comunidad cultural y a la sociedad en general. Indignación, incomprensión y, sobre todo, discusión mediática es lo que más han generado. Sin embargo, vamos avanzando en la progresividad del derecho de acceso a la cultura y la libertad de expresión creativa.

El acoso prehispánico o frotismo ancestral que llevaron a cabo Pepe Romero y Javier Ocampo en el Museo de Antropología y en la vía pública hace unos meses, si bien no es de nuestro agrado, hay que decir que la libertad creativa que les ampara no es un valor estético o algo que sirva para que nos agrade, sino un precepto jurídico que promueve la diversidad de las manifestaciones artísticas y culturales. Así está garantizado en nuestra Constitución y en la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.

Estos actos performativos no generaron daños, por tanto, no configura delito alguno. Podemos criticar la ostentación artística de su trabajo, su fetichismo procedimental, los decepcionantes juegos del arte contemporáneo, la frivolidad de las nuevas corrientes, incluso la institución museística en general, pero no intentar cancelar lo que no entendemos o, peor aún, lo que no nos gusta.

El caso del pastelazo a la Mona Lisa en el Museo de Louvre nos saca del terreno de la libertad creativa. Primero, porque el individuo simuló una discapacidad para que el museo activara el protocolo para personas con movilidad reducida, el cual le permitió estar ante la obra en una posición más cercana. Es decir, aprovechó una extensión del derecho de acceso universal a la cultura para lanzar, además del pastel, un mensaje medioambiental. Quiso concienciar sobre un derecho ambiental pasando por encima del ejercicio de un derecho cultural, lo cual es inadmisible.

La legislación francesa establece para estos casos un tipo de delito denominado intento de degradación de bienes culturales. Cabe señalar que el individuo no llevó a cabo su ocurrencia en calidad de artista, como parte de algún happening, performance o discurso, sino como una suerte de groupie de Greenpeace. Sabemos que se encuentra en una unidad psiquiátrica. No sé si ésta feliz ocurrencia deba terminar en un departamento psiquiátrico, antes bien creo que de la misma manera que existe un marco que garantiza el desarrollo de la libertad de expresión creativa, debe existir un mínimo de civilidad que garantice el derecho de disentir sin consecuencias.

Francia cuenta con una ley sobre libertad artística que proclama este tipo de creación como libre y establece las expresiones artísticas como bienes públicos, fiel a su tradición histórica. Recientemente modificó su Código Penal para establecer que la obstrucción de manera concertada y mediante amenazas del ejercicio de la libertad de creación artística o la libertad de difusión de la creación artística, se castigará con pena de un año de prisión y multa de 15 000 euros. Es decir, garantiza la libertad de expresión artística en beneficio del pensamiento crítico, el debate, la reflexión y el desarrollo de una necesaria dialéctica social.

En ese sentido, la libertad de expresión creativa debe ser entendida como una libertad compartida entre los creadores y los consumidores culturales que deciden asistir a un espacio cultural. El mundo del arte necesita defensores del derecho universal de acceso a la cultura, así como del ejercicio de los derechos culturales, no generadores de pivotes emocionales que buscan alimentar la economía de la atención a partir de escándalos mediáticos.

 

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