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Derecho Cultural para la Gestión

Por Carlos A. Lara 

Dr. en Derecho de la Cultura y Analista de la Comunicación y la Cultura

@Reprocultura

El derecho de acceso a la cultura, esto es, a los bienes y servicios culturales que debe prestar el Estado, se materializa a través de los agentes culturales. Así es, mediante los gestores, promotores y agentes dedicados a impulsar el arte, la cultura y los derechos culturales desde el asiendo de la democracia que es el municipio.

Hablamos de un derecho relativamente nuevo, popularizado quizá con mayor énfasis en el marco de la catalogación de los derechos humanos de Karel Vasak, pero con antecedentes notables en el desarrollo del constitucionalismo particularmente alemán: como elemento central del Estado, según la teoría de Peter Häberle, y posteriormente función esencial de los poderes públicos y garante de la diversidad cultural, como lo vemos en los trabajos de Jesús Prieto de Pedro.

El derecho a la cultura es un derecho al que le ha costado desarrollar un corpus propio, pero no ha dejado de avanzar como pretensión jurídica hasta separarse de la visión antropológica (que aborda la cultura como fenómeno), estableciéndose en el Derecho, como derecho constitucional y ahora también convencional, a partir de las reformas de 2011. Hoy la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), ha conminado a los estados a planear la cultura como Bien Público Mundial.

Una planeación de esta naturaleza, que lleve a la cultura a transitar de Bien Social Universal a Bien Público no es declarativa, requiere de la intervención estratégica y decidida de los poderes del Estado de forma progresiva, de los tres órdenes de gobierno de forma concurrencial y de los agentes culturales. Es así como el Centro Nacional de las Artes ha apostado por el diseño e implementación de un curso virtual, primero, y posteriormente tutorado, en Derecho Cultural para la gestión.

El propósito es capacitar a agentes culturales en el modelo concurrencial de Administración Pública de la Cultura, una administración por tramos de competencia entre federación, estados y municipios, que concibe la cultura como derecho, como política pública y como servicio público prestacional.

Quienes se inscriban a las dos modalidades habrán de analizar la cultura en la doctrina del Estado como elemento central de los poderes que lo conforman; como un derecho constitucional y convencional, tanto en lo individual como en lo colectivo. En el marco de la administración pública, del presupuesto participativo, la intervención administrativa y las bases jurídico-administrativas del federalismo cultural, así como desde la naturaleza jurídica y administrativa de los servicios públicos. Todo esto, a partir de la capacidad instalada con la que cuenta el Estado para la prestación de bienes y servicios culturales, mediante los tramos de responsabilidad política, jurídica y administrativa en los tres poderes y los tres órdenes de gobierno.

Finalmente, el papel que desempeñan en este marco de operación los agentes culturales. Para ello, podrán conocer y analizar las nociones básicas de la legislación cultural, la propiedad intelectual, en particular el marco normativo del derecho de autor, los aspectos fiscales del arte y la cultura, así como las figuras jurídicas de organización existentes desde las cuales pueden materializar el derecho de acceso a los bienes y servicios en esta materia y garantizar el ejercicio de los derechos culturales.

Los interesados en este proyecto educativo pueden solicitar informes en el siguiente correo: educaciondigital@cenart.gob.mx

 

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