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50 años de la Ley de Monumentos

Por Carlos Lara G.

Dr. en Derecho de la Cultura y Analista de la Comunicación y la Cultura

@Reprocultura

La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos cumple 50 años. Un instrumento que pese a sus limitaciones ha permitido proteger, acrecentar y restaurar los incontables bienes culturales del país. La fecha coincide con una sentencia histórica en favor de una agrupación de la sociedad civil que solicitó en 2016 que la zona arqueológica de Huapalcalco fuera declarada Zona de Monumentos. Tanto la ley como su reglamento establecieron hace 50 años la participación ciudadana en el cuidado, protección y difusión del patrimonio, pero desde entonces ninguna agrupación social había obligado al Instituto Nacional de Antropología e Historia a dar cumplimiento a esta noble labor. Digo obligado porque fue a través de un recurso administrativo, primero, debido a la omisión del INAH, y de un amparo posterior.

Es así que en el marco de los 50 años de la ley, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de la CDMX, ha emitido la sentencia con proyecto de declaratoria para que el INAH actúe en consecuencia. No deja de ser una contradicción, como bien sostiene el maestro Sergio Boeta, porque mientras se hacen esfuerzos institucionales importantes fuera del país para recuperar bienes culturales, se desatiende una disposición legal que permite a la sociedad civil del país colaborar en su protección y difusión. Como despacho, en Artículo 27 estamos contentos de haber llevado el caso y sentado otro importante precedente.

Por el Diario de los Debates, sabemos que hace 50 años participaron en la discusión de esta ley legisladores como Guillermo Ruiz Vázquez (PAN), quien planteó algunas consideraciones en torno al concepto de monumento, particularmente sus variedades conceptuales y su connotación social. Asimismo, la preocupación por hacer una ley que impulsara la participación de los distintos sectores sociales y no sólo de las instituciones para que los monumentos fueran conocidos por los ciudadanos; que evitara sanciones innecesarias y estableciera límites a la propiedad. Por parte del PRI, el diputado Ramiro Robledo Treviño hizo precisiones respecto a la propiedad de la nación de los monumentos arqueológicos, muebles e inmuebles, a la luz del artículo 27 constitucional.

El maestro Bernardo Bátiz (entonces diputado del PAN), proponía establecer penas a quienes realizaran un acto traslativo de dominio, comerciaran, transportaran, exhibieran o reprodujeran un monumento arqueológico sin la autorización o inscripción correspondiente: Prisión de uno a 10 años y multa de 100 a 50 mil pesos (esto ya se ajustó hace un par de legislaturas, a “nuevos” pesos). Asimismo, exceptuar de la pena a quienes habiendo hallado bienes culturales de manera casual los trasladaran a un lugar seguro para evitar su pérdida, daño o arqueofurtivismo.

El legislador del PRI, Alejandro Peraza Uribe, amparado en las consultas y foros realizados para la elaboración de la ley, contraargumentaba la excepción propuesta por el diputado Bátiz por considerar que abriría una puerta para violar la ley, cuando se buscaba justo lo contrario mediante un mayor rigor ante el saqueo de bienes, que en ese momento contaba ya con todo un sistema de operación que incluía aeropuertos.

Lo que se aprecia en este debate es la preocupación por hacer una ley con sentido social en cuanto al conocimiento y apropiación del patrimonio por parte de los ciudadanos, así como el interés por proteger los bienes culturales de la nación, sin excepciones. Cinco décadas después, se trabaja en la recuperación de bienes culturales extraídos de manera ilícita del país mediante un protocolo de actuación, la conformación de un equipo especializado y la firma de dos importantes convenios en esta materia.

Falta voltear hacia la participación ciudadana, para que la noble labor de proteger y promover el patrimonio cultural no tenga que ser a través de una sentencia judicial.

 

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