Opinión Política
OPINIÓN

Cuando la igualdad se impone por decreto

La paradoja de las cuotas electorales y el riesgo de convertir la inclusión en una nueva forma de exclusión

Por Simón Madrigal

Internacionalista y Analista Político

I. El detonante: una decisión que reabre el debate

Hace unas semanas, el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco emitió una resolución que obliga a que, en determinados municipios, las candidaturas a las presidencias municipales sean encabezadas por mujeres y, además, por mujeres pertenecientes a grupos considerados minoritarios: indígenas, personas con discapacidad o integrantes de la comunidad LGBT.

La decisión se enmarca dentro del principio de paridad e inclusión política, una política pública que busca ampliar la participación de grupos históricamente subrepresentados en la vida política mexicana. Sobre el papel, el objetivo parece indiscutible: construir instituciones más representativas y equitativas.

Sin embargo, la medida abre una pregunta incómoda para cualquier democracia:

¿Puede una sociedad defender la igualdad restringiendo la libertad de competir?

La pregunta no es trivial. Tampoco es ideológica. Es una cuestión estructural sobre el funcionamiento mismo de la democracia.

Porque cuando la ley comienza a determinar quién puede aspirar al poder, el principio de igualdad jurídica se enfrenta a una paradoja.

 

II. El principio fundacional de la democracia moderna

Las democracias contemporáneas nacieron para derribar privilegios. Durante siglos, el acceso al poder político estuvo restringido a castas, aristocracias o grupos religiosos dominantes. El constitucionalismo liberal que emergió a finales del siglo XVIII buscó precisamente lo contrario: un sistema donde cualquier ciudadano pudiera aspirar al poder público.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, uno de los documentos fundacionales de la modernidad política, lo expresó con claridad:

“Todos los ciudadanos son igualmente admisibles a todas las dignidades, cargos y empleos públicos según su capacidad, y sin otra distinción que la de sus virtudes y talentos.”

La idea era revolucionaria: el acceso al poder debía depender de la capacidad del individuo y del juicio del electorado, no de su pertenencia a una categoría social determinada.

Ese principio —igualdad ante la ley— se convirtió en el eje del constitucionalismo moderno.

En Estados Unidos, la Decimocuarta Enmienda de la Constitución establece que ningún estado puede negar a cualquier persona “la igual protección de las leyes”. En Alemania, el artículo 3 de la Ley Fundamental declara que “todos los seres humanos son iguales ante la ley”.

El objetivo de estas disposiciones era claro: impedir que el Estado discriminara entre ciudadanos.

La democracia liberal no fue diseñada para seleccionar identidades, sino para garantizar competencia política abierta.

 

III. El surgimiento de las políticas de acción afirmativa

Sin embargo, el siglo XX introdujo una tensión real en ese principio. Muchas sociedades democráticas comenzaron a reconocer que la igualdad formal ante la ley no siempre producía igualdad real en la representación política.

Durante décadas, las mujeres y otros grupos sociales estuvieron subrepresentados en los espacios de poder. En respuesta, surgieron políticas de acción afirmativa destinadas a ampliar su participación.

En Europa, algunos partidos políticos comenzaron a adoptar cuotas internas voluntarias para promover candidaturas femeninas. En Francia, la llamada Ley de Paridad, aprobada en el año 2000, estableció incentivos para equilibrar la representación de hombres y mujeres en las listas electorales.

Sin embargo, incluso en esos casos, el principio fundamental no se abandonó: la ley buscaba promover participación, no restringir el derecho de competir.

La diferencia es crucial.

Promover oportunidades no es lo mismo que limitar libertades.

 

IV. Cuando la inclusión se convierte en ingeniería política

El problema surge cuando las políticas de inclusión comienzan a definir legalmente qué identidades deben ocupar determinados cargos.

En ese momento, el principio democrático enfrenta una tensión delicada.

El filósofo político Isaiah Berlin, uno de los grandes pensadores del liberalismo del siglo XX, advertía sobre este riesgo en su ensayo Two Concepts of Liberty (1969):

“La libertad política consiste en no ser impedido por otros de hacer lo que uno podría hacer.”

Cuando una ley establece que un ciudadano no puede competir por un cargo público debido a su identidad —sea por género, origen o condición— esa libertad se reduce.

Paradójicamente, en nombre de la igualdad, el sistema comienza a crear nuevas formas de exclusión.

 

V. Tocqueville y el dilema democrático

Este dilema no es nuevo.

En La democracia en América, publicado en 1835, Alexis de Tocqueville observó con notable anticipación el conflicto interno de las sociedades democráticas: su deseo simultáneo de libertad e igualdad.

Tocqueville escribió:

“Las naciones democráticas aman la igualdad hasta en la servidumbre.”

Su advertencia era clara. Cuando la búsqueda de igualdad se convierte en obsesión política, los gobiernos pueden terminar interviniendo excesivamente en la vida pública.

El peligro no siempre proviene de la tiranía abierta, sino de excesos bien intencionados.

 

VI. América Latina y la tentación de rediseñar la sociedad desde el poder

En América Latina, esta tensión adquiere una dimensión particular. La región ha experimentado una larga tradición de reformas legales destinadas a corregir desigualdades sociales mediante decretos o rediseños institucionales.

El constitucionalista argentino Juan Bautista Alberdi, uno de los pensadores políticos más influyentes del siglo XIX latinoamericano, advertía en sus Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina(1852):

“La ley debe ser igual para todos; de lo contrario deja de ser ley para convertirse en privilegio.”

La frase conserva una vigencia inquietante.

Cuando la legislación comienza a diferenciar a los ciudadanos según su identidad para decidir quién puede participar en la vida política, el principio de igualdad jurídica se fragmenta.

 

VII. La paradoja democrática

La paradoja es evidente.

Políticas diseñadas para eliminar la discriminación pueden terminar institucionalizando nuevas formas de discriminación.

El escritor peruano Mario Vargas Llosa, uno de los defensores más consistentes de la democracia liberal en América Latina, lo expresó de forma directa en su ensayo La llamada de la tribu (2018):

“La democracia se fortalece cuando el mérito reemplaza al privilegio.”

La política democrática debería basarse en competencia abierta, donde el electorado decide quién gobierna.

Por eso el principio central sigue siendo válido:

El criterio fundamental debe ser la capacidad del candidato y la voluntad del electorado, no la identidad del aspirante.

 

VIII. El caso de Jalisco

La resolución del tribunal electoral jalisciense plantea precisamente este dilema.

Al establecer que ciertas candidaturas deben ser ocupadas por personas pertenecientes a categorías específicas, el sistema electoral comienza a determinar previamente quién puede competir.

Y ahí surge una pregunta esencial:

¿Debe la ley decidir quién puede aspirar al poder?

¿O debe limitarse a garantizar condiciones equitativas para que todos puedan hacerlo?

La democracia no debería decidir quién puede competir, sino cómo compiten.

Con reglas claras.

Con igualdad jurídica.

Y con el veredicto final en manos de los ciudadanos.

 

IX. La advertencia de Octavio Paz

El escritor mexicano Octavio Paz, premio Nobel de Literatura y uno de los intelectuales más agudos del siglo XX latinoamericano, reflexionó ampliamente sobre el poder del Estado en su ensayo El ogro filantrópico (1979).

Paz advertía que los gobiernos que pretenden redimir a la sociedad mediante regulaciones excesivas terminan, inevitablemente, sustituyendo la libertad ciudadana.

Escribió:

“El poder que pretende ser redentor termina convirtiéndose en tutor.”

La democracia, en cambio, requiere ciudadanos libres, no tutelados.

 

X. Una reflexión para Jalisco

El debate sobre las cuotas electorales no debería dividir a la sociedad en bandos ideológicos simplistas.

No se trata de negar la importancia de ampliar la participación de mujeres o minorías en la vida política. Esa es una aspiración legítima de cualquier democracia moderna.

La verdadera pregunta es otra.

¿Debe la inclusión lograrse restringiendo derechos políticos individuales?

Las democracias más estables del mundo han intentado responder esa pregunta manteniendo un principio central: igualdad jurídica para todos los ciudadanos.

La ley no decide quién puede competir.

La sociedad decide quién gobierna.

 

XI. Un principio que vale la pena defender

La democracia nació para eliminar privilegios heredados.

Cuando la ley comienza a clasificar a los ciudadanos según su identidad para determinar quién puede competir por el poder, ese principio universal se convierte en una categoría administrada.

Y cuando eso ocurre, la democracia corre el riesgo de transformarse en algo distinto.

La pregunta que hoy enfrenta Jalisco —y muchas democracias contemporáneas— no es si debemos construir sociedades más justas.

Esa aspiración es indiscutible.

La verdadera pregunta es otra.

Si la justicia puede imponerse por decreto sin sacrificar la libertad que pretende proteger.

 


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